Edmundo Cáceres alcalde de Carabaya designó ilegalmente a jefa de recursos humanos y afrontaría vacancia

El alcalde de la Municipalidad Provincial de Carabaya, Edmundo Cáceres Guerra mediante resolución de alcaldía N° 016-2024-MPC-M-A de 5 de enero de 2024 designó a Denise Rossana Luna Ramos en el cargo de confianza de jefe de recursos humanos a pesar de que ella no cumplía con los requisitos mínimos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos.

Según el informe N° 015-2024 efectuado por Verónica Colque Machaca, jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Carabaya, Denise Rossana Luna Ramos no debió ser designada en el cargo, por tanto, han incumplido con la ley de idoneidad en el cargo y específicamente han violado la Ley N° 31676 que sanciona con pena de prisión para el que designe y para el que acepte ilegalmente un cargo público.

DOCUMENTO FALSO
Denise Rossana Luna Ramos, para justificar la experiencia requerida para ocupar el cargo, presentó un documento en donde hace constar que ella trabajó como jefa de recursos humanos en la Municipalidad Distrital de Ituata en el periodo 2011 – 2014 en donde era alcalde el señor Bari Leoncio Huamán Condori.

Sin embargo, la comisión de control del OCI verificó el documento, descubriendo que la información no es verídica, pues Denise Rossana Luna Ramos NUNCA laboró en la Municipalidad Distrital de Ituata, por tanto, dicho documento es falso.

Causalmente, Bari Leoncio Huamán Condori ahora es gerente municipal del municipio de Carabaya y sería este el responsable de la aparición (falsificación) de la resolución de alcaldía que presentó Denise Rossana Luna Ramos como prueba de que sí laboró en el municipio de Ituata, no obstante, no hay ni una sola boleta de pago efectuada por el municipio de Ituata a Denise Rossana Luna Ramos.

SENTENCIA Y VACANCIA
Estas irregularidades descubiertas por la Contraloría General de la República tienen que ser investigados de inmediato por la fiscalía para determinar las responsabilidades y sancionar a los responsables de la falsificación de documentos y por la designación y aceptación ilegal de cargo público.

La Ley 31676 dice: “El funcionario público que nombra, designa, contrata o encarga a persona en quien no concurren los requisitos legales para un cargo público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento veinte días-multa. El que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales, será reprimido con las mismas penas.”

Por este hecho, el alcalde Edmundo Cáceres Guerra afrontará un proceso judicial que terminaría con una sentencia en su contra y la Ley Orgánica de Municipalidades señala que si un alcalde tiene una sentencia es causal de vacancia inmediata del cargo.

INFORME DE ACCIÓN DE OFICIO POSTERIOR N° 015-2024-2-0458-AOP CONTRALORÍA

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