Estado de Emergencia: ¿Quiénes y cuándo pueden circular en la vía pública?

Martín Vizcarra, presidente de la República, decretó la noche de este domingo estado de emergencia nacional, lo cual lleva consigo una serie de medidas para evitar la propagación de coronavirus en el país, donde se han registrado más de 70 casos.

A manera de prevención, el mandatario peruano ordenó aislamiento nacional por 15 días.

Puedo circular en las calles si:

1. Necesito abastecimiento de alimentos y/o trabajo en producción, distribución y almacenamiento de los mismos para la venta al público.

2. Requiero abastecimiento de productos de farmacéuticos y/o trabajo en producción, distribución y almacenamiento de los mismos para la venta al público.

3. Me urge el abastecimiento de productos de primera necesidad y/o trabajo en producción, distribución y almacenamiento de los mismos para la venta al público.

4. Debo asistir a centros de servicios o establecimientos de salud.

5. Necesito retornar a mi lugar de residencia habitual.

6. Trabajo o realizo asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niños, adolescentes dependientes, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.

7. Laboro entidades financieras, seguros y pensiones, servicios complementarios o conexos y/o necesito los servicios de los mismos en mención.

8. Necesito abastecimiento de combustible y/o trabajo en producción, distribución y almacenamiento del mismo para la venta al público

9. Laboro en centrales de atención y/o necesito los servicios de las mismas

10. Trabajo en medios de comunicación.

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *